Inversión desde el extranjero
Para inversores extranjeros
La actual situación económica de Europa y la especial vulnerabilidad del mercado económico e inmobiliario español, hacen de nuestro país un lugar de potencial atractivo para los inversores extranjeros que desean adquirir inmuebles en él.
El clima, el tipo de vida, las playas, pero sobretodo unos precios asequibles para el resto de países, permiten al resto de ciudadanos europeos e internacionales, hacer sus propios planes en nuestras tierras. En un momento en que acceder al crédito es realmente complicado para los españoles, las facilidades para comprar una vivienda en España siendo extranjero son muchas.
La caída del precio de la vivienda libre en España (un 13.7% de media en 2012 y un 9% en 2013 y 2014) según los datos del Instituto Nacional de Estadística, ha puesto esta inversión en bandeja a los extranjeros y cada vez son más los que compran viviendas en nuestro país. Según el Consejo General del Notariado, en 2012 la venta de viviendas a extranjeros no residentes en España aumentó un 28.4% respecto al año anterior y un 23% en 2013 respecto al año 2012.
Británicos, rusos, franceses, noruegos, belgas, alemanes, sudamericanos e italianos son, por este orden, quienes actualmente muestran más interés por comprar una casa en España, sobre todo en las áreas costeras, sin olvidarse de la comunidad china que mayoritariamente adquiere pisos en las grandes ciudades (Madrid, Barcelona, Valencia, etc.).
En Felop Design asumimos la búsqueda y oferta de inmuebles a precios de saldo como si lo hiciéramos para nosotros mismos, es decir, con el criterio que nos da la experiencia de mas de 15 años en el sector del diseño de viviendas y promoción inmobiliaria en España. Buscamos la mejor relación calidad - precio dentro del amplio stock existente en el país y con base en las necesidades y gustos del inversor, tanto si lo quiere para vivir o si lo necesita para obtener una rentabilidad alquilándolo una vez lo adquiera.
Tenemos muy en cuenta la calidad espacial del diseño, su funcionalidad, la orientación, el equipamiento y la ubicación, entre otros muchos elementos que enriquecen cualquier bien inmueble y que le dan una mayor valorización a mediano y largo plazo.
Servicios
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Servicios
Búsqueda de inmuebles
Lo primero que hacemos, luego de recibir las necesidades del inversor mediante el formulario de contacto, es encargarnos de buscar para su elección, varios ejemplos a medida de esas necesidades. Estos inmuebles son visitados directamente por nuestra empresa, Felop Design, para comprobar su estado real y garantizar que no tienen ningún tipo de problema constructivo o vicio oculto. Luego de esto se fotografían y se redacta un dossier descriptivo con las características destacadas y sus condiciones comerciales.
Trámites de documentos
Hacemos todos los trámites para que el inversor pueda obtener su número de identificación de extranjero NIE. Redactamos los poderes necesarios para que los tramiten en el país de origen y nos den la posibilidad de actuar en su nombre para cualquier trámite que sea necesario dentro del proceso de compra y hasta incluso para escriturar el inmueble elegido.
Recopilamos documentos de inmuebles como notas simples informativas, último pago del impuesto de bienes inmuebles, certificado de estar al día con la comunidad de vecinos si la hubiere, escrituras, etc. Todo esto con el fin de determinar y comprobar que están libres de cargas o exentos de cualquier problema legal o embargo, verificando si se encuentran en mora frente a la administración estatal o privada.
Viaje y ruta para visitar los inmuebles
Si el inversor tiene la necesidad y/o la posibilidad de venir a ver los inmuebles, le ayudamos a organizar su viaje, reservas hoteleras, recogida en aeropuerto, visita a todos los inmuebles elegidos y le acompañamos y asesoramos hasta el mismo momento de la escrituración y entrega de llaves de los inmuebles.
Alquiler
Si el inversor obtiene el inmueble con la idea de sacar una rentabilidad y lo quisiera alquilar, también podemos conseguir el inquilino ideal y administrarle el contrato, redactándolo y garantizando la conservación del bien y el pago cumplido de la cuota mensual pactada.Diligencie nuestro formulario de contacto y le llamaremos de inmediato.
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Trámites y financiación
Trámites necesarios para comprar una casa en España
La adquisición de una vivienda en España por parte de un extranjero no residente es un trámite bastante sencillo. Tan solo es necesario contar con el NIE (número de identificación de extranjeros). Se trata de un número personal, único y exclusivo de carácter secuencial y que es imprescindible para realizar cualquier tipo de transacción económica en nuestro país (desde abrir una cuenta bancaria a comprar una casa).
Obtención del NIE
El NIE es otorgado de oficio por la Dirección General de la Policía a todo extranjero al que se le inicie un proceso administrativo, pero también puede ser solicitado siempre que se acredite el motivo de la solicitud. Esta solicitud puede hacerse desde fuera de España (a través de la embajada o del consulado) o desde nuestro país, acudiendo a una oficina de extranjería o a una comisaría de policía.
Cuenta bancaria, pago de impuestos y gastos de la compraventa
Una vez solicitado y obtenido el NIE, el extranjero no residente en España puede iniciar la compra de la vivienda. No es obligatorio poseer una cuenta bancaria en nuestro país, aunque sí recomendable, pues todos los impuestos y gastos asociados a la compra de una vivienda o inmueble tales como el IVA del 10% en caso de viviendas nuevas o 21% en caso de locales comerciales, oficinas o terrenos; el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) del 10% en caso de residencias de segunda mano; los gastos de notaría, gestión y registro que están entre el 0.5% y el 1% del valor del inmueble y finalmente los impuestos posteriores a la compraventa a los que como nuevo propietario se verá obligado anualmente, tales como el IBI (impuesto de bienes inmuebles) y la tasa de basuras. Todos ellos deben pagarse en España y el hecho de contar con una cuenta bancaria facilita el proceso.
Tributación
Además, en nuestro país existe el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), el cual es un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y jurídicas no residentes en España, salvo que tributen vía IRPF. Se entiende que una persona tiene la residencia habitual en nuestro país cuando pasa en España 183 días durante el año natural. En este caso, tributaría por IRPF y no por IRNR.
Escrituración
Para la escrituración, el comprador podrá apersonarse directamente en la notaría española correspondiente. Por otro lado, si ha delegado la búsqueda y elección del inmueble a un agente inmobiliario profesional local, podrá mediante poder notarial debidamente apostillado o consular tramitando en el país de origen, dar capacidad a dicho agente para firmar aquí en su nombre.
Financiar la compra de una vivienda en España
Las entidades bancarias españolas ofrecen financiación a los extranjeros no residentes en España sin ningún problema, pudiendo acceder a las mismas hipotecas que se ofrecen a los nacionales. Además, las condiciones financieras son muy similares a las que se aplican a los ciudadanos Españoles: financiación máxima del 50% del valor de tasación o compraventa del inmueble y plazo máximo de amortización de 30 años y a un tipo promedio de interés igual al Euríbor + 2.75%. (esto es igual a 2.93% anual con datos de abril de 2015). El banco analizará también la estabilidad laboral del solicitante y su nivel de endeudamiento. -
Residencia
Residencia para inversores extranjeros en España
La nueva Ley de Emprendedores que incluye la concesión del permiso de residencia para extranjeros que inviertan en España y que ha entrado en vigor el pasado mes de octubre de 2013, establece que los extranjeros no residentes podrán obtener el permiso de residencia siempre que hagan una inversión significativa de capital o compren una vivienda a partir de 250.000 €. Según Ley de Emprendedores, se entenderá como inversión significativa de capital aquella que cumpla con los siguientes supuestos:
A) Una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas o depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
B) La adquisición de vivienda en España debe ser con una inversión de valor igual o superior a 500.000 € por cada solicitante. El solicitante deberá acreditar y disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 € libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen.
C) Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
- Creación de puestos de trabajo.
- Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
Procedimiento para la solicitud en España del permiso de residencia mediante inversión económica en inmuebles a partir de 500.000 €
Válido solo para ciudadanos no comunitarios sin residencia en España en el momento de la inversión.
Pasos:
1- Tramitación del NIE inversor y resto de familia que deseen la tarjeta de residencia.2- Compra de una propiedad o inmueble de al menos 500.000 € (importe esté libre de cargas).
3- Trámites y documentación a recopilar en territorio español en un plazo de 60 días para la solicitud del visado en el consulado español del país de origen:
3.1.- El inversor extranjero debe abrir cuenta corriente en banco español en sucursal de España e ingresar: 25.560.52 € para el solicitante y el 100% del IPREM. 6390.13 € para cada familiar extra. La cantidad debe ser igual o superior a 250.000 € para la compra de la propiedad.
3.2.- Tener o dar de alta en España un seguro médico público o privado de enfermedad con una entidad para operar en España.
3.3.- Solicitar certificado de titularidad, cargas y gravámenes al registro de la propiedad. Importante: si a los 90 días todavía no está inscrita la escritura de la propiedad de la compraventa, se deberá presentar al consulado español del país de origen junto al resto de documentación, el “asiento de presentación” de la escritura de la propiedad de la compraventa en el registro de la propiedad y el recibo del pago de los tributos de la compra.
4- Solicitud del visado. Debe dirigirse con todos los documentos anteriormente mencionados al consulado del país de origen o de residencia, para presentar la correspondiente instancia/solicitud del “visado de residencia” como inversor, acreditando (en cumplimiento de la “Ley Antiblanqueo de Capitales) la procedencia de los ingresos del solicitante, justificando los movimientos bancarios realizados el último año, aportando el pasaporte en vigor del inversor y de todos sus familiares y abonando las tasas españolas consulares correspondientes. Es posible que el consulado también solicite fotos, certificado de antecedentes penales del país de origen o certificado de buena conducta y un certificado médico que acredite la ausencia de enfermedades tanto del solicitante como de su familia y que puedan impedir su traslado a España.
5- Solicitud del permiso de residencia. Una vez concedido el visado de residencia, deberá viajar en el plazo de 30 días desde su concesión a España para solicitar el permiso de residencia. Con este permiso podrá residir oficialmente en España durante dos años sin tener que salir a los 90 días. Posteriormente se puede solicitar la tarjeta de residencia como ciudadano no comunitario y tras 10 años la nacionalidad española.
Observaciones sobre la tarjeta o permiso de residencia en España:
Se podrá entrar sin visado a España desde su país de origen, además, pueden entrar en el resto de países Schengen sin visado de residencia con una estancia máxima de 90 días que los gobiernos correspondientes pueden comprobar mediante los datos de los vuelos.
El pasaporte no se sellará, ya que solo ocurre cuando un extracomunitario entra en el primer país Schengen.
UK no pertenece a los países Schengen por lo que no se puede entrar con la tarjeta de residencia española.
En régimen general solo pueden entrar sin visado los familiares de ciudadanos comunitarios que tengan la tarjeta de familiar comunitario en España.
Contacte con nosotros, en Felop Design resolveremos todas sus dudas relacionadas con diseño de viviendas.